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Las armas inutilizadas no están eximidas del deber de la custodia y revisión

Las armas inutilizadas no están eximidas del deber de la custodia y revisión

La Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA) hace un llamamiento a todos los cazadores que posean armas inutilizadas para que no les pierdan la pista, ya que la Intervención de Armas de la Guardia Civil les puede requerir en cualquier momento que las presenten en la Intervención de Armas y Explosivos, al objeto de comprobar si siguen en la misma situación de inutilización, ya que no están eximidas del deber de la custodia y revisión.

La razón de este llamamiento ha sido el hecho de que en el año 1999 se inutilizó una escopeta (se taladraron los cañones) según el Reglamento de Armas con la debida Certificación de Inutilización expedida por la propia Intervención de Armas y Explosivos, con objeto de regalarla a un conocido como objeto decorativo. Al cabo de 11 años la Intervención de Armas y Explosivos indica que: ???Se interesa que presente las Armas que usted, tiene INUTILIZADAS, en esta Intervención de Armas y Explosivos, al objeto de comprobar, si siguen en la misma situación de inutilización. Ya que en todo caso, no están eximidas del deber de la custodia y revisión.???.

El cazador afectado busca a la persona a quien se le regaló, pero su esposa indica que su marido ha fallecido y ella desconoce el paradero de la escopeta inutilizada. Se declara este hecho ante la Intervención de Armas, y al mismo tiempo se presenta denuncia ante la Policía por extravío de dicha escopeta; pero un mes después el cazador recibe de la Delegación del Gobierno expediente sancionador de 301 euros por denuncia de la Guardia Civil, indicando que los hechos denunciados corresponden a la ???Omisión e insuficiencia de medidas obligatorias para garantizar la conservación de la escopeta inutilizada marca U.H., que Ud. ha extraviado.??? El cazador al final paga una multa de 301 euros por ello.

Ante lo expuesto, ADECACOVA quiere hacer un llamamiento a todos los cazadores que pudieran estar en esta misma situación, para que no pierdan la pista a sus armas inutilizadas y a la documentación que les acompaña, y que seguramente hasta la lectura de este comunicado ellos consideraban que esa escopeta inutilizada era un hierro viejo y no servía para nada y como hemos relatado no es así, es una infracción grave relativa a la documentación y autorizaciones de las armas reglamentadas, susceptible de ser sancionada con una multa de 300,51 a 6.010,12 euros.

ADECACOVA considera, y sería importante para que no sucedan estos hechos, que la Autoridad Competente informara a los cazadores, o a los deportistas, o a los titulares de las armas, de las consecuencias y obligaciones que comportan la inutilización de un arma, pues si lo supieran lo que puede ocurrir al cabo de 10, 15, ó 20 años con dichas armas inutilizadas para su uso, se lo pensarían dos veces antes de inutilizar el arma y a su nombre.

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Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

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