Friso
Friso
Friso
Friso

Publicada la Orden Vedas de Pesca de Gipuzkoa

Publicada la Orden Vedas de Pesca de Gipuzkoa

El pasado 15 de marzo se publico la Orden de Vedas de Gipuzkoa. Puedes descargártela pinchando en este enlace

Especies Pescables.

Las especies pescables serán:
Salmón atlántico (Salmo salar).
Trucha común (Salmo trutta fario).
Barbo (Barbus graellsi).
Loina o Madrilla (Parachondrostoma miegii).
Lubina (Dicentrarchus labrax).
Corcón (Chelon labrosus).
Platija (Platichtys flesus).

Períodos, días y horas hábiles

1. Períodos hábiles: El periodo hábil para la pesca de salmónidos
en aguas continentales durante la presente temporada
será el comprendido entre el 1 de abril y el 31 de julio,
ambos inclusive. En los cotos de pesca sin muerte de Araxes,
Zelai, Leizaran I y Leizaran II el período hábil de pesca de salmónidos
se iniciará el 18 de marzo. En los embalses Urkulu, Lareo
y Arriaran y en los tramos de pesca sin muerte de los ríos Oria,
Oiar tzun, Urumea, Santiago, Zelai, Urola e Ibai-Eder el periodo
hábil se prolongará hasta el 30 de septiembre inclusive.
La pesca de ciprínidos, en los tramos declarados para ello,
podrá realizarse durante todo el año.
2. Días hábiles: Dentro de la temporada de pesca, se considerarán
días hábiles para el ejercicio de la pesca todos los
días de la semana, excepto los martes no festivos.
3. Horas hábiles: Las horas hábiles de pesca serán las
comprendidas entre una hora antes del orto (amanecer) y una
hora después del ocaso (anochecer).

Número máximo de piezas capturables.

1. El número máximo de ejemplares de trucha común (Salmo
trutta fario), que en su conjunto se pueden capturar en todas las
aguas del Territorio Histórico de Gipuzkoa es de 3 por pescador o
pescadora y día. En los Cotos de Pesca y de Pesca Intensiva se
atenderá además a las normas específicas de los mismos.
2. Con el objeto de evitar que se seleccionen las capturas,
una vez que se haya pescado una trucha de tamaño legal, ésta
no se podrá devolver al río, excepto si se está practicando la
pesca sin muerte como única modalidad de pesca durante toda
la jornada.
3. En el caso de ciprínidos y otros, sin límite de capturas.

Dimensiones mínimas y máximas:

Las dimensiones mínimas de captura para las especies pescables
serán las siguientes:
— Trucha común (Salmo trutta fario): 22 cm.
— Barbo (Barbus graellsi): 20 cm.
— Otras especies autorizadas: de acuerdo con la Ley de
Pesca Fluvial.
— Para la trucha común (Salmo trutta fario), se establece
una talla máxima de 35 cm.
La longitud del pez se medirá desde el extremo anterior de la
cabeza hasta el punto medio de la aleta caudal o cola extendida.
Se restituirán a las aguas, inmediatamente después de
extraerse de las mismas, todas las piezas cuya longitud sea
inferior a las indicadas.

Leer resto de disposiciones

1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars (No Ratings Yet)
Cargando...

About The Author

Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

Artículos Relacionados