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Varapalo judicial a Ecologistas el Acción: El Supremo anula sentencia que paró la caza en Castilla y León

Varapalo judicial a Ecologistas el Acción: El Supremo anula sentencia que paró la caza en Castilla y León

Varapalo judicial a Ecologistas el Acción: El Supremo anula sentencia que paró la caza en Castilla y León

  • El Supremo anula la sentencia del TSJ contra el decreto de caza de 2015
  • El Tribunal revoca el fallo que había estimado el recurso de Ecologistas en Acción contra la regulación de la Junta

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la Junta de Castilla y León y declara ajustado a derecho el decreto de abril de 2015 por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, por lo que revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de mayo de 2017.

Fuentes del Supremo indicaron que el TSJ estimó parcialmente un recurso contencioso administrativo de la Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León y declaró la nulidad de varios preceptos del decreto impugnado, en concreto de los artículos 13, 14,15 y 19.1.a) y b) y su Anexo, así como el citado 9.4, cuya nulidad sí se mantiene.

Al respecto, la Sala III del Tribunal explica que se anula este artículo relativo a las modalidades de palomas en migración invernal de pasos y la caza de acuáticas desde puestos fijos. El Supremo explica que su nulidad de este artículo fue establecida en la instancia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y no está incluido en el recurso de casación.

El Tribunal explica en la sentencia que la “mera ausencia” de los estudios o informes científicos, en la forma en la que se plantea, no puede ser considerada como causa de nulidad del decreto. Argumenta que no es una causa que permita exclusivamente dejar sin efecto al normativa de la Junta, que recuerda no viene determinada ni por la normativa sectorial europea, ni por la procedimental interna de elaboración de las normas reglamentarias.

También señala que la memoria justificativa y los demás documentos expresan una “amplia fundamentación” de la decisión que adopta la Junta, de manera que, por lo que a su justificación general se refiere, el Suprema considera que el decreto tiene su plasmación en los datos recogidos en el expediente, “sin que pueda sostenerse con éxito que el decreto suponga infracción de las previsiones legales y comunitarias que le sirven de amparo”.

“Se trata, la que se configura en el ámbito autonómico concernido, de una normativa de rango suficiente, que enuncia de forma clara y precisa los criterios de la Directiva Aves para el ejercicio de la caza, en relación con las diversas especies contenidas en el Anexo de la misma directiva, estableciendo sus periodos de caza y veda, para cada año”, concluye.

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Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

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