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Así se desgrana la nueva Ley de Caza de Castilla y León

Así se desgrana la nueva Ley de Caza de Castilla y León

La Norma regulará el ejercicio de la caza y garantizará la gestión sostenible de las especies cinegéticas

El próximo día 8 de agosto entrará en vigor la nueva Ley de Caza de Castilla y León, que tiene como principal objetivo la gestión sostenible de los recursos cinegéticos. Muchos son los cambios que presenta esta nueva norma, difícilmente recopilables en tan pocas líneas. A buen seguro, en las próximas fechas muchos titulares afrontarán problemas en la gestión de sus cotos. El papel de los gestores y técnicos se antoja más importante aún con esta nueva Ley. Como principales novedades podemos destacar:

Tramitación electrónica

Los procedimientos y gestiones cinegéticas deberán realizarse telemáticamente, por lo que los titulares deberán poseer conocimientos informáticos y certificados electrónicos o medios equivalentes para poder efectuarlos. Otra opción es contratar a un gestor para que realice estas operaciones.

Planificación cinegética

Todos los cotos deberán contar con un plan cinegético firmado por técnico competente para poder cazar, lo que sin duda incrementará el gasto de los cotos. Además, la Junta podrá elaborar distintas Directrices de gestión a diferente escala que deben de ser integradas en los citados planes. Por otro lado, se crea el “Sistema de seguimiento de las poblaciones cinegéticas” de Castilla y León. Cada cazador deberá insertar en una aplicación informática datos relativos a cada una de las capturas que realice en los cotos de caza. En su defecto, se exige contabilizar las capturas en fichas que deben de ser remitidas con periodicidad al titular, y este las hará llegar a la Consejería competente. Todas estas medidas persiguen disponer de censos y resultados de capturas mucho más robustos que los existentes actualmente, y que han sido una de las excusas esgrimidas por los animalistas para intentar detener la caza. Además, garantizarán la gestión sostenible de las poblaciones cazables.

Cotos de caza

La superficie mínima exigible en todos los casos para crear un coto de caza son 250 Ha. Se crea la figura de cotos y cazadores colaboradores.

Cacerías colectivas

Se crea una plataforma pública en la que deben de comunicarse las monterías y ganchos para general conocimiento, con una antelación de, al menos, 10 y 5 días, respectivamente. Además, permitirá comunicar tal hecho a cotos colindantes, puesto de la Guardia Civil correspondiente y Ayuntamientos.

Prohibición de dificultar el “legítimo aprovechamiento cinegético”

Prohibición de dificultar el “legítimo aprovechamiento cinegético”. Se prohíbe a cualquier persona no cazadora molestar deliberadamente a la fauna o bien dificultar el ejercicio de la caza o los controles poblacionales autorizados, lo cual se contempla en la Ley como infracción grave, con multa de 2.000 a 10.000 euros.

Fuente. lagacetadesalamanca.es

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Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

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