Friso
Friso
Friso
Friso

El País Vasco impone la vacuna obligatoria de la rabia en perros

El País Vasco impone la vacuna obligatoria de la rabia en perros

El Gobierno del País Vasco ha publicado este lunes 10 de octubre la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se regula la vacunación antirrábica obligatoria de la especie canina en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Esta orden entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Esto supone el establecimiento de la vacunación obligatoria de la rabia en los perros del País Vasco, que se suma a los pasos que, tras las reclamaciones del sector veterinario, ha dado la Generalitat de Cataluña. En España la vacuna de la rabia era obligatoria en todo el territorio excepto en Galicia, País Vasco y Cataluña, mientras que en Asturias solo es obligatoria en perros peligrosos.

El Gobierno vasco explica que ha tomado esta decisión por la proximidad geográfica a países endémicos, especialmente el Norte de África y Europa del Este, y la facilidad de movimientos y entradas de personas y animales, hace que sea imprescindible implantar las medidas adecuadas para prevenir y vigilar su aparición.

“Está demostrado que la vacunación obligatoria de los perros es la más eficaz y eficiente acción de prevención de la enfermedad. El éxito de esta estrategia de vacunación debe sustentarse necesariamente en una correcta identificación de las mascotas por medios electrónicos”, añaden.

Para el País Vasco, la conjunción de una correcta identificación de las mascotas y la implantación de la obligatoriedad de la vacunación en los animales de la especie canina, además de en aquellos gatos y hurones que vayan a desplazarse a otros Estados miembros de la Unión Europea, “posibilitará conocer el grado de cobertura vacunal de los animales y reforzará la vigilancia epidemiológica de las agresiones producidas por animales, siendo también por sí mismas, un importante problema de salud pública”.

La orden establece que deberán vacunarse obligatoriamente, todos los animales de la especie canina de forma que se asegure su permanente protección frente a esa enfermedad. Por lo tanto, la vacunación de otras especies animales tendrá carácter voluntario, excepto en el caso de gatos y hurones que vayan a ser objeto de desplazamiento a otros estados miembros de la Unión Europea.

Eso sí, la norma establece que, cuando la situación sanitaria y los riesgos epidemiológicos así lo aconsejen, el titular de la Dirección General con competencias en materia de sanidad animal podrá, mediante resolución, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, ampliar la obligatoriedad de la vacunación frente al virus de la rabia a otras especies animales.

La primovacunación se realizará en el animal de compañía cuando tenga, al menos 12 semanas de edad y antes de que cumpla las veinticuatro. “Posteriormente se efectuarán revacunaciones con la frecuencia necesaria, según se prescriba en las especificaciones técnicas de la vacuna de la última dosis administrada, referida a la autorización de comercialización en el estado español”, aclaran.

Fuente. www.animalshealth.es

1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars (No Ratings Yet)
Cargando...

About The Author

Redacción periódico digital Desveda #caza #pesca #tirodeportivo #rural #naturaleza

Artículos Relacionados